ACERCA DE LA AMETD - ESTATUTOS

 

ARTICULO DECIMO TERCERO

DE LOS COMITES

 

La AMETD podrá instituir los Comités previstos por el presente artículo. Estarán  compuestos por los miembros que designe el Presidente del Consejo Directivo. Cada Comité tendrá un Coordinador, el cual deberá informar en forma anual y por escrito, de la actividad desarrollada, al Consejo Directivo.

 

SECCION 13.1

DEL TIPO DE LOS COMITÉS.

La AMETD tendrá dos tipos de Comités: Comités Regulares y Especiales.

 

SECCION 13.2

DE LOS COMITÉS REGULARES

Los Comités Regulares son órganos de gobierno, en los cuales el Consejo Directivo comparte alguna de sus facultades ordinarias, y son a saber:

 

13.2.1   DEL COMITÉ DE MEMBRESÍA.

El comité de membresía estará integrado por tres o más socios, y tiene como atribución el recibir las solicitudes de ingreso y reingreso de candidatos a miembros de la asociación en las diferentes categorías, una vez revisadas estas solicitudes, harán las recomendaciones pertinentes al Consejo Directivo, y a la Asamblea General Ordinaria correspondiente. A nombre del Consejo Directivo podrá realizar las investigaciones que considere necesarias sobre los solicitantes.

 

De acuerdo con el Comité de finanzas recomendará los procedimientos que deben llevarse a cabo, respecto a los miembros que adeuden cuotas. El comité debe mantener al corriente la lista de miembros en sus diferentes categorías.

 

13.2.2   DEL COMITÉ DE FINANZAS.

Este Comité debe estar constituido por el Presidente, Tesorero, Secretario General, un miembro del Comité Editorial y dos miembros asociados designados por el Presidente. El Comité de Finanzas debe proponer el monto de la cuenta anual y de cualquier cuota extraordinaria solicitada, de los miembros.

 

13.2.3   DEL COMITÉ DE REUNIONES CIENTÍFICAS.

El Comité de reuniones científicas deber estar constituido por diez o más miembros estará presidido por un Coordinador. Tendrá como objeto la organización del Reunión Anual de Dolor, y otros actos científicos, cursos, simposio, etc. Este Comité debe tener cuatro sub-comités: Actividades Logísticas, Programa Científico, Exhibiciones y Programa de Actividades Sociales. Presidido cada uno de ellos por un sub-coordinador, designado por el Consejo Directivo.

El Subcomité de Actividades Locales deberá estar integrado por los miembros de la Asociación de la región en la cual se celebrará la próxima reunión anual,  para lo cual deberán hacer todos los arreglos para que se lleven a cabo los eventos que patrocine la AMETD, mediante juntas para planear, convenir y supervisar dichos arreglos.

El Subcomité del Programa Científico estará constituido por lo menos, por cuatro miembros activos, dos de los cuales deberán haber sido parte de este subcomité durante el período anterior. Este subcomité debe planear, dirigir y supervisar el programa científico presentado para los eventos de la Asociación. Este subcomité, de acuerdo con el Subcomité de Actividades Locales, podrá aceptar las ponencias para cada uno de los eventos.

El Subcomité de Exhibiciones estará integrado por cuatro miembros activos, dos de los cuales deberán haber sido miembros durante el período anterior. Este Subcomité se encargará de seleccionar y aprobar las exhibiciones científicas y comerciales que se presenten en cada evento de la Asociación.

El Subcomité de Actividades Sociales estará constituido por tres miembros, dos de los cuales deberán haber sido integrantes durante el período anterior. Ellos deben panear, dirigir y supervisar el programa de actividades sociales durante los eventos de la Asociación.

 

13.2.4   DEL COMITÉ DE REGLAMENTOS.

El Comité de Reglamentos  recomendará al Consejo Directivo y a través de éste a la Asamblea General de modificaciones al Estatuto y reglamentos, o a la creación de nuevos reglamentos, a fin de facilitar el buen desempeño de la Asociación. Estará constituido por dos ex presidentes de la AMETD.

 

13.2.5   DEL COMITÉ DE EDUCACIÓN MÉDICA CONTINUA.

El Comité de Educación Médica Continua, debe promover la enseñanza, la investigación, publicaciones, Congresos y el entrenamiento a nivel profesional sobre dolor. Estará integrado por los miembros que designe el Presidente.

 

13.2.6   DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN PÚBLICA.

El Comité de Información Pública debe diseminar la información sobre el tema de dolor en relación a las actividades, publicaciones y políticas, antes y durante el Curso Anual de Actualización en Dolor, y otro tipo de eventos científicos, el comité debe comunicarse y reunirse con la prensa y escritores sobre temas científicos, para ayudar a seleccionar los trabajos que se deseen publicar, elaborando boletines de prensa con información suficiente.  Está integrado por los miembros colegiados designados por el Presidente.

 

13.2.7   DEL COMITÉ DE PREMIOS Y OTORGAMIENTO DE LA PLÁTICA NOMINAL:

El Comité de premiación estará integrado por el Consejo Directivo y tiene como objeto realizar dictámenes  respecto al otorgamiento de los premios. Además otorgará la plática nominal en forma anual a un médico anestesiólogo o especialista destacado en el campo de la Algología.

 

 

13.2.7.1 La plática nominal recibirá cada año el nombre de Ramón De Lille Fuentes, en honor al Presidente Fundador de la AMETD y será dictada por un destacado experto que por sus méritos se haya hecho acreedor a tal distinción. Y consiste permitirle presentar dentro del Curso Anual un tema científico, cultural o filosófico al cual se otorgará un diploma de honor.

 

 

13.2.8   DEL COMITÉ  HONOR Y JUSTICIA.

El Comité de Honor y Justicia  de la AMETD estará integrado por cinco Miembros, los cuales serán designados mediante Currículum Vitae, por el Consejo Directivo en funciones. El Comité de Honor y Justicia, se organizará y funcionará de acuerdo al Código de Ética.

 

13.2.8.1            Son atribuciones del Comité de Honor y Justicia:

 

13.2.8.2            Velar por el decoro y el buen nombre de la AMETD,  y porque la conducta de los asociados no se aparte de lo estipulado en este estatuto y en el “Código de Ética Profesional”

 

13.2.8.3 Asumir la defensa de cualquier algólogo, a quien le fuere imputado acto culpable u omisión intencionada que afecte gravemente su prestigio y gravemente su reputación como profesionista

.

13.2.8.4 Decidir en apelación sobre la admisión y exclusión de los asociados.

 

13.2.8.5 Proponer la aplicación de sanciones cuando lo considere prudente, respecto a violaciones a las disposiciones de l a AMETD y sus Órganos de Gobierno.

 

13.2.8.6 Asumir la defensa de cualquier algólogo no colegiado, pero si diplomado y certificado por el Consejo Mexicano de Anestesiología, A.C., a quien fuere imputado acto culpable u omisión intencionada que afecte gravemente su prestigio y buena reputación como profesionista y que solicite los servicios de esta Comisión.

 

13.2.8.7 La Comisión de Honor y Justicia podrá exigir todas las pruebas, alegatos y elementos de juicio que considere necesarios para su dictamen que a su vez debe ser presentado al conocimiento de la Asamblea General, la cual dictaminará en definitiva.

 

13.2.9   DEL COMITÉ EDITORIAL.

La AMETD considerara al Comité Editorial, como integrante del Consejo Directivo el cual será responsable de las publicaciones necesarias para la comunicación.

 

13.2.9.1 El Comité Editorial deberá estará constituido por un Director Médico Editorial y los colaboradores, que el Director Editorial considere conveniente.

 

SECCION 13.3

DE LOS COMITES ESPECIALES

El Consejo Directivo instituirá 4 Comités Especiales, los cuales son delegaciones por parte del mencionado Consejo en actividades alrededor a mandatos extra colegiales y son a saber:

 

13.3.1   DEL COMITÉ DE ÉTICA

            Se encarga de autorregular el ejercicio de la Algología y sus especializaciones en México.

 

13.3.2      DEL COMITÉ DE HONORARIOS

Se encarga de proyectar  propuestas y proponerlas a las autoridades pertinentes, respecto a los honorarios que debe devengar el algólogo . Elaborará en colaboración del Comité de Reglamentos, el reglamento correspondiente.

 

13.3.3      DEL COMITÉ DICTAMINADOR

Tiene como objetivo el elaborar las listas de peritos, que por mandato de la Ley correspondiente deben arbitrar litigios y otras encomiendas.

 

13.3.4      DEL COMITÉ DE SERVICIO SOCIAL

Se encarga de la planeación, distribución, asignación, análisis y evaluación del servicio social, que los miembros de la asociación presten a la comunidad.

SECCION 13.4 

            DE LOS INTEGRANTES DE LOS COMITES ESPECIALES

Los integrantes de los Comités Especiales serán en número de tres miembros, uno de ellos será el coordinador. Los nombrará el Consejo Directivo de la AMETD.

 

SECCION 13.5

DE LA LABOR COMO VOCAL DE LOS COMITES ESPECIALES

Los coordinadores de los cuatro comités especiales además de tener la responsabilidad de coordinar las actividades de los comités que encabezan, tendrán como función la que corresponde a una vocalía del Consejo Directivo.  Esta vocalía entre otras cosas será el enlace entre ambos órganos de gobierno.